Se debe plantear un informe de insuficiencia de mediospara la realización de contrato de suministros
Sí, se debe redactar un informe de insuficiencia de medios para la realización de un contrato de suministros.
Los órganos de contratación están obligados a redactar un informe escrito sobre cada contrato de suministros sujeto a regulación armonizada. Este informe debe incluir, entre otros aspectos, el objeto y precio del contrato, los resultados de la selección cualitativa, los motivos de exclusión de candidatos, y los motivos por los que se ha elegido la oferta adjudicataria.
El informe también debe detallar las circunstancias que justifican el recurso a procedimientos específicos, como los procedimientos negociados sin publicación previa, y cualquier conflicto de intereses detectado y las medidas tomadas al respecto.
En caso de que el anuncio de formalización del contrato contenga la información requerida, los poderes adjudicadores pueden hacer referencia a dicho anuncio en lugar de redactar un informe separado.
El informe, o sus elementos principales, debe ser remitido a la Comisión Europea o al Comité de cooperación en materia de contratación pública cuando lo soliciten.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 336
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