Al responsable del contrato le corresponde dictar actos administrativos que procedan durante la ejecución del contrato
El responsable del contrato no dicta actos administrativos, sino que supervisa la ejecución del contrato y adopta decisiones e instrucciones necesarias para asegurar la correcta realización de la prestación pactada.
El responsable del contrato es designado por el órgano de contratación y puede ser una persona física o jurídica, vinculada o ajena a la entidad contratante. Su función principal es supervisar la ejecución del contrato, asegurándose de que se cumplan las condiciones establecidas en el mismo.
En los contratos de obras, las funciones del responsable del contrato son ejercidas por el Director Facultativo. Este tiene la responsabilidad de interpretar técnicamente el proyecto y dar instrucciones al contratista para asegurar la correcta ejecución de las obras.
Para concesiones de obra pública y concesiones de servicios, la Administración designa a una persona que actúa en defensa del interés general, verificando el cumplimiento de las obligaciones del concesionario, especialmente en lo que se refiere a la calidad del servicio o de la obra.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 62. Responsable del contrato
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 238. Ejecución de las obras y responsabilidad del contratista
- Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas - Artículo 94. Dirección e inspección de la ejecución
- Preguntas de Gobierto - cuales son las funciones del responsable del contrato
- Preguntas de Gobierto - Quien es el responsable del contrato
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Funciones del responsable del contrato
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¿Cuáles son las funciones principales del responsable del contrato de una entidad pública?
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El responsable del contrato
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Funciones responsable del contrato
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¿Existe vinculación jerárquica entre el responsable del contrato y la unidad encargada de seguimiento?
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¿Está la unidad encargada del seguimiento sujeta a las instrucciones del responsable del contrato?
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es necesario designar de manera nominal al responsable del contrato
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la responsable de contrato debe de figurar en los pliegos o solamente en el contrato
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¿Es posible la asunción por parte del Director General de la condición de responsable de un contrato?
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