Se puede liquidar un contrato si la última factura está informada favorablemente pero no pagada?
Sí, es posible proceder a la liquidación de un contrato aunque la última factura esté informada favorablemente pero aún no haya sido pagada. La liquidación del contrato y el pago de la factura son procesos que pueden gestionarse de manera independiente.
La liquidación de un contrato se refiere al proceso mediante el cual se determina el saldo final entre la administración y el contratista, basándose en las prestaciones efectivamente realizadas y los pagos ya efectuados hasta ese momento. Este proceso implica la revisión y valoración de las obras, servicios o suministros entregados, para asegurar que se ajustan a lo pactado en el contrato.
Por otro lado, el pago de las facturas es un proceso que se realiza para saldar las cantidades adeudadas por los trabajos realizados o los servicios prestados según lo acordado en el contrato. Aunque una factura haya sido informada favorablemente, indicando que los servicios o suministros han sido recibidos y aceptados, el pago de esta puede estar pendiente por diversas razones administrativas o financieras.
La normativa establece plazos y condiciones tanto para la liquidación de contratos como para el pago de facturas, asegurando que cada uno de estos procesos se lleve a cabo de manera ordenada y conforme a lo establecido legalmente. Es importante destacar que, aunque la liquidación del contrato pueda proceder, el contratista tiene derecho a reclamar el pago de las facturas pendientes, incluyendo intereses de demora y costes de cobro si corresponde, de acuerdo con la legislación vigente sobre morosidad en las operaciones comerciales.
En resumen, la liquidación del contrato y el pago de la última factura son procesos que, aunque relacionados, pueden gestionarse de manera independiente, permitiendo proceder a la liquidación del contrato incluso si queda pendiente el pago de alguna factura.