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¿Cuál es el presupuesto base licitación máximo para un procedimiento simplificado abreviado? ¿Incluye IVA?

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El presupuesto base de licitación sí incluye el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), salvo disposición en contrario.

El presupuesto base de licitación es el límite máximo de gasto que puede comprometer el órgano de contratación en virtud del contrato.
Este presupuesto debe ser adecuado a los precios del mercado y se desglosará en el pliego de cláusulas administrativas particulares o documento regulador de la licitación, indicando los costes directos e indirectos y otros gastos calculados para su determinación. Específicamente, se incluye el IVA dentro del presupuesto base de licitación, a menos que se especifique lo contrario en la documentación del contrato.

Además, en la proposición que presenten los licitadores, deben indicar como partida independiente el importe del IVA que deba ser repercutido. Esto subraya la importancia de considerar el IVA tanto en la preparación del presupuesto base de licitación como en las proposiciones de los licitadores.

En cuanto al importe máximo, para poder tramitar el procedimiento simplificado abreviado en una licitación, también conocido como supersimplificado, se debe atender al valor estimado de contrato, que no puede superar los siguientes importes:

Tipo de Contrato Valor Estimado de Contrato máximo (SIN IVA)
Obras 80,000 euros
Suministros y Servicios 60,000 euros

A diferencia del presupuesto base de licitación, el valor estimado del Contrato es el importe total, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido, pagadero según las estimaciones del órgano de contratación. Incluye posibles modificaciones y prórrogas y es fundamental para la reserva de crédito y el compromiso para posibles anualidades futuras relacionadas en el contrato.

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