donde estan reguladas las mejoras
Las mejoras en los contratos del sector público están reguladas por el artículo 37 de la Ley de Contratos del Sector Público. Según este artículo, los poderes adjudicadores podrán establecer en los contratos mejoras en los precios, condiciones y plazos de ejecución, siempre que sean necesarias para la consecución de los objetivos del contrato. Estas mejoras se harán constar en el contrato y se perfeccionarán con su formalización.
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PUEDE UNA MEJORA ENCERRAR VARIAS MEJORAS
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una mejora ofrecida por la empresa se puede modificar
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Existe obligación de cumplir con las MEJORAS que se incorporan en los pliegos?
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mejoras propuestas pòr el contratita en contrato de obras
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¿Puede el adjudicatario proponer suministrar un producto de cualidades superiores a su oferta, pero manteniendo el precio de adjudicación?