Se puede modificar un contrato
Los contratos de las Administraciones Públicas pueden ser modificados durante su vigencia, siempre que se cumplan ciertas condiciones. Estas condiciones dependen del tipo de contrato, si es un contrato marco, un contrato basado o un contrato administrativo. En el caso de los contratos marco y los contratos basados, la modificación no podrá suponer un incremento en el precio inicial de más del 10 por ciento o del 20 por ciento, según el caso. En el caso de los contratos administrativos, la modificación solo podrá realizarse en los casos previstos en la Ley de Contratos del Sector Público, como por ejemplo, cuando se haya previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares o cuando sea necesario realizar una modificación que no esté prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares. En todos los casos, la modificación deberá formalizarse de acuerdo con lo dispuesto en la Ley y publicarse en el perfil de contratante del órgano de contratación.
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que articulos afectan a las modificaciones de contratos en el caso de suministros
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importe máximo de modificación prevista
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¿Cuándo y cómo se pueden modificar los contratos?
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Cuándo puede modificarse un contrato?
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modificacion no altere naturaleza del contrato
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¿Cuándo se puede modificar un contrato?
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Diferencia opción eventual modificación prevista ley de contratos
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modificación de contratos superior al 20% del precio inicial del contrato
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El procedimiento de modificación de contratos y de modificaciones previstas en los pliegos, se inicia de oficio o a instanica de parte?
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Cuáles son las reglas generales de modificación de los contratos