Haz preguntas sobre tus dudas de contratación pública y te damos una respuesta personalizada a partir de nuestra base de conocimiento

Haz tu pregunta
Hemos estrenado Gobierto Asistente: Comienza a utilizarlo para tener un histórico de tus preguntas, continuar conversaciones, recibir sugerencias de preguntas... y muy pronto, preguntar al Asistente por cualquier tema de Gobierto.

Se puede modificar un contrato

Esta pregunta está pendiente de revisión por un humano

Los contratos de las Administraciones Públicas pueden ser modificados durante su vigencia, siempre que se cumplan ciertas condiciones. Estas condiciones dependen del tipo de contrato, si es un contrato marco, un contrato basado o un contrato administrativo. En el caso de los contratos marco y los contratos basados, la modificación no podrá suponer un incremento en el precio inicial de más del 10 por ciento o del 20 por ciento, según el caso. En el caso de los contratos administrativos, la modificación solo podrá realizarse en los casos previstos en la Ley de Contratos del Sector Público, como por ejemplo, cuando se haya previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares o cuando sea necesario realizar una modificación que no esté prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares. En todos los casos, la modificación deberá formalizarse de acuerdo con lo dispuesto en la Ley y publicarse en el perfil de contratante del órgano de contratación.

Ayúdanos a mejorar ¿Qué tal la respuesta?