Presupuesto base licitación
El presupuesto base de licitación es el límite máximo de gasto que puede comprometer el órgano de contratación en un contrato, incluyendo el IVA, salvo disposición en contrario. Este presupuesto debe ser adecuado a los precios del mercado y desglosarse en costes directos e indirectos, así como otros gastos calculados para su determinación.
Para la elaboración del presupuesto base de licitación, es fundamental que los órganos de contratación realicen un desglose detallado de los costes, incluyendo los costes salariales estimados, desagregados por género y categoría profesional, basándose en el convenio laboral de referencia. Este desglose debe indicarse en el pliego de cláusulas administrativas particulares o documento regulador de la licitación.
En el caso de los contratos de obras, cuando el presupuesto base de licitación sea igual o superior a 500.000 euros (IVA excluido), es preceptivo solicitar un informe de las oficinas o unidades de supervisión de proyectos. Este informe verifica que se han considerado las disposiciones legales, reglamentarias y la normativa técnica aplicable. Para proyectos con un presupuesto base de licitación inferior a esta cantidad, el informe es facultativo, salvo en obras que afecten a la estabilidad, seguridad o estanqueidad, donde sigue siendo preceptivo.
El presupuesto base de licitación se obtiene incrementando el presupuesto de ejecución material con gastos generales de estructura, que varían entre el 13% y el 17%, y un 6% en concepto de beneficio industrial del contratista. A estos se añade el IVA aplicable sobre la suma del presupuesto de ejecución material y los gastos generales.
Antes de la licitación o adjudicación del contrato, el órgano de contratación debe aprobar los pliegos y documentos que contienen las prescripciones técnicas particulares, los cuales solo pueden modificarse posteriormente por errores materiales, de hecho o aritméticos.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público
- Blog de Gobierto - El Presupuesto Base de Licitación: cómo y por qué calcularlo bien. Con Juan Carlos Gómez Guzmán
- Ley de Contratos del Sector Público
- Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
- Ley de Contratos del Sector Público