La administración debe concretar que documentos se deben aportar para subsanar
La administración está obligada a concretar los documentos que deben aportarse para subsanar defectos u omisiones en la documentación presentada.
Cuando se detectan defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada por los licitadores, la mesa de contratación debe comunicar verbalmente a los interesados cuáles son esos defectos. Además, estas circunstancias deben hacerse públicas a través de anuncios del órgano de contratación, concediendo un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores corrijan o subsanen los defectos.
En el caso de la interposición de recursos, si el escrito de recurso presenta defectos, se requerirá al interesado para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos en un plazo de tres días hábiles desde la notificación. Si no lo hace, se le tendrá por desistido de su petición.
La presentación de la documentación subsanada debe hacerse en el registro del órgano competente para la resolución del recurso. El órgano competente para la resolución del recurso debe hacer públicas las direcciones de registro donde debe presentarse la documentación.
Concepto | Detalle |
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Comunicación de defectos | Verbal y mediante anuncios |
Plazo para subsanar | Hasta 3 días hábiles |
Presentación de documentación subsanada | En el registro del órgano competente |
- Referencias:
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Como deben pedir la documentación para subsanar
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plazo de subsanación de documentación
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Si la mesa de contratación tiene que concretar y especificar la documentación para subsanar
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Si en una licitacion me piden subsanar una documentación el órgano adjudicador debe concretar que documentos o anexos debo subsanar
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que pasa si no se aporta el requerimiento de subsanación de la oferta presentada en el sobre numero 3