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ÓRGANO COMPETENTE PARA ACEPTAR UNA DONACIÓN POR AYUNTAMIENTO

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La competencia para aceptar una donación por parte de un ayuntamiento corresponde al Pleno del Ayuntamiento, salvo que la normativa local disponga otra cosa.

En el ámbito de las entidades locales, las competencias para la aceptación de donaciones suelen estar atribuidas al Pleno del Ayuntamiento. Esto se debe a que las donaciones pueden implicar compromisos económicos o patrimoniales que requieren la aprobación de este órgano colegiado.

Sin embargo, es importante considerar que las normas específicas de cada comunidad autónoma o las disposiciones estatutarias del propio ayuntamiento pueden establecer particularidades o delegaciones de competencias en esta materia. Por lo tanto, es recomendable revisar la normativa local aplicable para confirmar el órgano competente en cada caso específico.

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