Haz preguntas sobre tus dudas de contratación pública y te damos una respuesta personalizada a partir de nuestra base de conocimiento

Haz tu pregunta
Hemos estrenado Gobierto Asistente: Comienza a utilizarlo para tener un histórico de tus preguntas, continuar conversaciones, recibir sugerencias de preguntas... y muy pronto, preguntar al Asistente por cualquier tema de Gobierto.

reanudar el contrato

Esta pregunta está pendiente de revisión por un humano

Reanudar un contrato en el contexto de la Ley de Contratos del Sector Público de España implica considerar las obligaciones del concesionario y las condiciones de resolución y continuidad del servicio.

Cuando un contrato se extingue por cumplimiento, el concesionario está obligado a seguir prestando el servicio hasta que se formalice un nuevo contrato. Esto asegura la continuidad del servicio para los usuarios y el cumplimiento de las condiciones establecidas.

En caso de resolución del contrato, se debe proceder a la recíproca devolución de los bienes y pagos realizados. Si no es posible o conveniente para la Administración, esta debe abonar el precio de los bienes efectivamente entregados y recibidos de conformidad.

Las causas de resolución específicas para contratos de suministro incluyen el desistimiento o suspensión del suministro por parte de la Administración por plazos superiores a los establecidos, lo que puede dar lugar a indemnizaciones para el contratista.

En el caso de contratos de arrendamiento, el arrendador debe mantener el objeto del contrato durante su vigencia, y cualquier canon de mantenimiento debe fijarse por separado del precio del arriendo.

Concepto Detalle
Indemnización por resolución 3% del precio de adjudicación del contrato, IVA excluido
Indemnización por suministros no realizados 6% del precio de adjudicación de los suministros dejados de realizar, IVA excluido
    Referencias:
- [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 288; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/288] - [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 189; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/189] - [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 298; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/298] - [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 307; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/307] - [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 306; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/306]
Ayúdanos a mejorar ¿Qué tal la respuesta?