Saltar al contenido principal
Gobierto Contratación

Te contamos cómo Gobierto puede ayudarte

Recibe información en tu correo-e sobre Gobierto.

Populate Tools S.L. usará tu contacto y consulta para responder a lo que solicitas. La newsletter es opcional y requiere una elección separada. Más información: política de privacidad.

Haz preguntas sobre tus dudas de contratación pública y te damos una respuesta personalizada a partir de nuestra base de conocimiento

Hemos estrenado Gobierto Asistente: Comienza a utilizarlo para tener un histórico de tus preguntas, continuar conversaciones, recibir sugerencias de preguntas... y muy pronto, preguntar al Asistente por cualquier tema de Gobierto.

¿Hasta cuándo pueden formularse preguntas o solicitar aclaraciones sobre los pliegos a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público?

Esta pregunta ha sido revisada por un humano

El artículo 138.3 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) regula los plazos para solicitar información adicional sobre los pliegos y demás documentación de una licitación, así como el plazo del que dispone el órgano de contratación para responder.

1. ¿Cuál es el plazo para formular preguntas?

Como regla general, los interesados deben formular sus consultas al menos 12 días antes de que finalice el plazo de presentación de ofertas, salvo que los pliegos establezcan un plazo distinto.

Es importante precisar que estos 12 días no constituyen necesariamente una fecha límite absoluta para formular preguntas. Se trata del plazo de antelación que exige la LCSP para que resulte aplicable la obligación del órgano de contratación de facilitar la información solicitada.

Por tanto:

  • Si la consulta se presenta dentro del plazo establecido, el órgano de contratación deberá facilitar la información conforme al artículo 138.3 LCSP.
  • Si se presenta posteriormente, el órgano de contratación podrá atenderla, pero ya no resultará exigible la obligación de respuesta en los términos temporales previstos en dicho artículo.

2. ¿Hasta cuándo debe responder el órgano de contratación?

El mismo artículo establece que la información adicional solicitada deberá facilitarse a más tardar 6 días antes de que finalice el plazo de presentación de ofertas.

Existe una especialidad para los expedientes declarados de tramitación urgente: en los contratos de obras, suministros y servicios sujetos a regulación armonizada, adjudicados mediante procedimiento abierto o restringido, este plazo se reduce a 4 días antes de la finalización del plazo de presentación de ofertas.

Resumen de los plazos:

Supuesto Plazo para formular consultas Plazo máximo de respuesta
Régimen general 12 días antes 6 días antes
Tramitación urgente (SARA, abierto o restringido) 12 días antes, salvo plazo distinto en el pliego 4 días antes
Pliego que establece otro plazo de consulta El indicado en el pliego Conforme al régimen legal aplicable

Los plazos expresados en días se entienden referidos a días naturales, conforme a la disposición adicional duodécima de la LCSP.

3. ¿Qué ocurre si el órgano de contratación no responde?

El artículo 136.2 LCSP establece que deberá ampliarse el plazo de presentación de ofertas cuando el órgano de contratación no haya atendido una solicitud de información formulada con la debida antelación, conforme al artículo 138.3 LCSP.

Esta obligación no se aplica cuando la información adicional solicitada sea irrelevante para formular una oferta válida.

La ampliación deberá ser proporcional a la importancia de la información solicitada.

4. ¿Las respuestas tienen carácter vinculante?

De acuerdo con el último párrafo del artículo 138.3 LCSP, las respuestas a las solicitudes de aclaración sobre los pliegos o la restante documentación tendrán carácter vinculante cuando así lo establezca expresamente el PCAP.

En ese caso, deberán publicarse en el perfil de contratante, garantizando que todos los interesados puedan acceder a la misma información en condiciones de igualdad.

Recomendación práctica

Antes de formular una consulta, revisa el apartado correspondiente del PCAP y la información publicada en la Plataforma de Contratación.

Aunque la LCSP establece un régimen general de 12 días para solicitar información adicional, el pliego puede fijar un plazo diferente. Es recomendable formular las preguntas lo antes posible para disponer de tiempo suficiente para preparar la oferta.

Referencias normativas:

[Título: Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 136; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/136]
[Título: Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 138; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/138]

Ayúdanos a mejorar ¿Qué tal la respuesta?