Como se calcula la garantia provisional en un contrato?
La garantía provisional en un contrato se calcula como un porcentaje del presupuesto base de licitación del contrato, excluido el IVA, y no puede ser superior al 3%.
En los casos en que el órgano de contratación decida exigir una garantía provisional, esta decisión debe estar justificada por motivos de interés público y reflejada en el expediente. La garantía provisional se establece en los pliegos de cláusulas administrativas particulares.
Si el contrato está dividido en lotes, la garantía provisional se calculará únicamente sobre el importe de los lotes para los que el licitador presenta oferta, no sobre el presupuesto total del contrato. En acuerdos marco y sistemas dinámicos de adquisición, la garantía provisional se fija a tanto alzado por la Administración, sin superar el 3% del valor estimado del contrato.
La garantía provisional puede prestarse en efectivo, mediante avales, o mediante certificados de seguro de caución, entre otras formas. Si se constituye en efectivo, se deposita en la Caja General de Depósitos o en sus equivalentes regionales. Si se constituye mediante avales o seguros de caución, se presenta ante el órgano de contratación.
Concepto | Detalle |
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Porcentaje máximo | 3% del presupuesto base de licitación, excluido IVA |
División en lotes | Calculado sobre el importe de los lotes ofertados |
Acuerdos marco y sistemas dinámicos | Fijado a tanto alzado, no más del 3% del valor estimado |