Para modificaciones previstas (caso de un 20%) en un contrato plurianual, donde el periodo inicial es de 2 anys, y hay 2 prorogas, que valor máximo puedo modificar cualquier año
La modificación máxima permitida en un contrato plurianual, considerando un incremento del 20% sobre el precio inicial, se aplica al valor total del contrato, no a cada año individualmente.
En un contrato plurianual con un periodo inicial de dos años y dos prórrogas, el valor máximo de modificación permitido es del 20% del precio inicial del contrato. Esto significa que el incremento se calcula sobre el precio total del contrato al inicio, no sobre el presupuesto anual.
La modificación del contrato debe estar claramente especificada en los pliegos de cláusulas administrativas particulares desde el inicio, detallando su alcance, límites y condiciones. Además, no debe alterar la naturaleza global del contrato ni introducir nuevos precios unitarios no previstos.
A continuación, se presenta una tabla ilustrativa del cálculo de la modificación máxima permitida:
Concepto | Valor |
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Precio inicial del contrato | 100% |
Modificación máxima permitida | 20% del precio inicial del contrato |
Es importante recordar que las modificaciones deben tramitarse antes de agotar el presupuesto máximo inicialmente aprobado, y deben reservarse los créditos necesarios para cubrir las nuevas necesidades.
- Referencias:
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Cuáles son las reglas generales de modificación de los contratos
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Modificación no previstas límite máximo
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Podría establecerse en el pliego una modificación prevista superior al 20%?
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como se puede disponer de los importes de las modificaciones previstas en contratos plurianuales, esta limitado de manera anual? puede disponer del total de 4 años en el primero
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Que la modificación amplíe de forma importante el ámbito del contrato