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que organismo debe nombrar al responsable del contrato

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El órgano de contratación es el responsable de nombrar al responsable del contrato.

El responsable del contrato es una figura clave en la supervisión y ejecución de los contratos del sector público. Esta persona, que puede ser tanto una entidad física como jurídica, es designada específicamente por el órgano de contratación. Su principal función es asegurar que la prestación del contrato se realice correctamente, siguiendo las directrices y decisiones necesarias para cumplir con lo pactado.

Es importante destacar que, aunque la responsabilidad de seguimiento y ejecución ordinaria del contrato puede estar asignada a una unidad específica dentro de los pliegos, la designación del responsable del contrato recae directamente en el órgano de contratación. Esta designación es crucial para la correcta administración y supervisión del contrato, garantizando que se cumplan todas las obligaciones y se alcancen los objetivos establecidos.

En el caso de contratos de obras, la figura del responsable del contrato toma la forma del Director Facultativo, quien ejerce las facultades correspondientes a esta responsabilidad. Además, para las concesiones de obra pública y de servicios, se designa una persona específica encargada de defender el interés general y verificar el cumplimiento de las obligaciones por parte del concesionario, especialmente en términos de calidad.

Referencias - Ley de Contratos del Sector Público; https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/62 - Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; https://legislacion.gobierto.es/reglamento-ley-contratos/95

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