¿Es obligatorio publicar un anuncio de información previa?
No, la publicación de un anuncio de información previa no es obligatoria, pero se ofrece como una opción para los órganos de contratación con el fin de anticipar la adjudicación de contratos sujetos a regulación armonizada.
Los anuncios de información previa tienen como objetivo principal informar sobre los contratos de obras, suministros o servicios que se proyectan adjudicar. Estos anuncios pueden publicarse en el Diario Oficial de la Unión Europea o en el perfil de contratante del órgano de contratación, alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público o en un servicio de información equivalente a nivel autonómico. La decisión de publicar un anuncio de información previa queda a discreción del órgano de contratación.
La publicación de estos anuncios permite a los órganos de contratación reducir los plazos para la presentación de proposiciones en los procedimientos abiertos y restringidos, facilitando así el proceso de licitación. Sin embargo, la ley no establece la publicación de anuncios de información previa como un requisito obligatorio, sino como una herramienta que puede ser utilizada para mejorar la eficiencia del proceso de contratación y fomentar la competencia.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 134
- Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas - Artículo 76
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 135
- Blog de Gobierto - Los anuncios de información previa ¿promueven la competencia en los contratos públicos?
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 29
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Es obligatorio publicar un anuncio de información previa en los contratos sujetos a regulación armonizada?
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