quien controla a los poderes adjudicadores no administración publica
Los poderes adjudicadores que no tengan la condición de Administraciones Públicas están sujetos al control del Departamento ministerial y organismo al que esté adscrita o corresponda la tutela de la entidad contratante. Estas entidades deben aprobar unas instrucciones en las que regulen los procedimientos de contratación para garantizar los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación.
Además, el Departamento ministerial y organismo al que corresponda la tutela de la entidad contratante controlará la aplicación por esta de las reglas establecidas.