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en un contrato de servicio es obligatoria la subrogación del personal que realiza la mejora propuesta en su día por el adjudicatario?

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La obligatoriedad de la subrogación del personal en un contrato de servicio no depende de la mejora propuesta por el adjudicatario, sino de lo establecido por una norma legal, un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general.

La subrogación de trabajadores en el contexto de los contratos de servicio en el sector público está regulada por disposiciones específicas que establecen cuándo y cómo debe llevarse a cabo. La subrogación no es una decisión que dependa de las mejoras propuestas por el adjudicatario en su oferta, sino que es una obligación legal cuando así lo determina una norma legal, un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva.

Cuando la subrogación es obligatoria, los servicios dependientes del órgano de contratación deben facilitar a los licitadores, en el pliego, la información necesaria sobre las condiciones laborales de los trabajadores afectados por la subrogación. Esta información es esencial para que los licitadores puedan evaluar correctamente los costes laborales que implicará la subrogación.

Además, la empresa saliente está obligada a proporcionar al órgano de contratación la información requerida sobre los trabajadores que serán objeto de subrogación, incluyendo detalles como el convenio colectivo aplicable, categoría, tipo de contrato, jornada, antigüedad, vencimiento del contrato, salario bruto anual y otros pactos en vigor.

La Administración, a su vez, comunicará al nuevo empresario la información facilitada por el anterior contratista. En caso de que los costes laborales resulten ser superiores a los informados, el nuevo contratista tendrá acción directa contra el antiguo contratista.

Es importante destacar que la subrogación también se aplicará a los socios trabajadores de cooperativas y a las personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo que estuvieran adscritos al servicio o actividad objeto de la subrogación.

En resumen, la subrogación es un mecanismo legalmente regulado que debe cumplirse cuando así lo exigen las disposiciones legales aplicables, independientemente de las mejoras ofertadas por el adjudicatario del contrato.

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