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que umbrales rigen los contratos del anexo iv, y que procedimientos son aplicables

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Los contratos del anexo IV están sujetos a procedimientos específicos de adjudicación, principalmente el procedimiento restringido, y deben cumplir con ciertos umbrales económicos para ser considerados sujetos a regulación armonizada.

Para los contratos de concesión de servicios especiales del anexo IV, el procedimiento aplicable es el procedimiento restringido. En estos casos, la convocatoria de licitación se realiza mediante un anuncio de información previa, que debe publicarse tanto en el "Diario Oficial de la Unión Europea" como en el perfil de contratante.

En cuanto a los umbrales económicos, los contratos de servicios y suministros cuyo valor estimado sea igual o superior a 215.000 euros están sujetos a regulación armonizada. Para contratos de obras, concesiones de obras y concesiones de servicios, el umbral es de 40.000 euros para adjudicación directa, y hasta 5.382.000 euros para procedimientos más formales.

Tipo de Contrato Umbral para Regulación Armonizada
Servicios y Suministros 215.000 euros
Obras, Concesiones de Obras y Servicios 40.000 euros (adjudicación directa) a 5.382.000 euros

Los órganos de contratación deben velar por varios aspectos como la calidad, continuidad, accesibilidad, asequibilidad, disponibilidad y exhaustividad de los servicios, así como la implicación de los usuarios y la innovación en la prestación del servicio.

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