Haz preguntas sobre tus dudas de contratación pública y te damos una respuesta personalizada a partir de nuestra base de conocimiento

Haz tu pregunta
Hemos estrenado Gobierto Asistente: Comienza a utilizarlo para tener un histórico de tus preguntas, continuar conversaciones, recibir sugerencias de preguntas... y muy pronto, preguntar al Asistente por cualquier tema de Gobierto.

La prórroga de un contrato se entiende que es una modificación?

Esta pregunta está pendiente de revisión por un humano

No, la prórroga de un contrato no se entiende como una modificación del mismo. La prórroga es una extensión del plazo de duración del contrato originalmente acordado y está prevista en los términos del contrato y los pliegos que lo rigen. Por su parte, una modificación contractual implica un cambio en las condiciones del contrato, como el alcance, los límites, la naturaleza o el precio del mismo.

La prórroga de un contrato se acuerda por el órgano de contratación y es obligatoria para el empresario, siempre que se le preavise con la antelación establecida, que como mínimo es de dos meses antes de la finalización del contrato, salvo que en el pliego se establezca un plazo mayor.

En cambio, las modificaciones contractuales se refieren a cambios en las condiciones iniciales del contrato y deben cumplir con una serie de requisitos y procedimientos específicos. Estas pueden ser modificaciones previstas en el pliego de cláusulas administrativas particulares, que no pueden alterar la naturaleza global del contrato y están limitadas a un máximo del veinte por ciento del precio inicial del contrato, o modificaciones no previstas que deben justificarse en circunstancias imprevistas y no pueden ser sustanciales ni alterar la naturaleza global del contrato.

En resumen, la prórroga es una extensión del tiempo de ejecución del contrato dentro de los términos originalmente pactados, mientras que una modificación implica un cambio en las condiciones sustanciales del contrato.

Ayúdanos a mejorar ¿Qué tal la respuesta?