¿Qué es un procedimiento abierto super simplificado?
El procedimiento abierto simplificado abreviado, también conocido como super simplificado (PASS), es una modalidad de adjudicación en contratación pública diseñada para agilizar la tramitación y adjudicación de contratos de obras, suministros y servicios, estableciendo límites cuantitativos específicos y simplificando los requisitos documentales y procedimentales.
El procedimiento abierto super simplificado se caracteriza por su agilidad y eficacia, siendo una alternativa al uso del contrato menor. Está pensado para contratos de menor cuantía, y su aplicación está limitada a ciertos umbrales económicos que varían según el tipo de contrato. Esta modalidad permite una reducción significativa de los plazos de licitación y adjudicación, así como una simplificación en la presentación de ofertas y en los requisitos de solvencia y garantías.
Los contratos que pueden tramitarse mediante este procedimiento incluyen obras de acondicionamiento, adquisición de suministros específicos y servicios como la gestión de eventos. Sin embargo, quedan excluidos los contratos de concesión de servicios, concesión de obra pública y el contrato de asociación para la innovación. Además, los criterios de adjudicación deben ser todos automáticos.
El anuncio de licitación debe publicarse en el perfil del contratante del órgano de contratación y la oferta se presentará en un único sobre o archivo electrónico. Además, los licitadores deben estar inscritos en el ROLECE o registro respectivo de la Comunidad Autónoma, no se exige la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de los licitadores, no procederá la constitución de garantía definitiva por parte de los licitadores y las ofertas presentadas y la documentación relativa a la valoración de las mismas serán accesibles de forma abierta por medios informáticos sin restricción alguna desde el momento en que se notifique la adjudicación del contrato.
Aspecto | Procedimiento Abierto Simplificado Abreviado |
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Objeto | Aplicable a contratos de obras, suministros y servicios |
Importe | Contratos de obras con VEC igual o inferior a 80.000 € y de servicios y suministros con VEC inferior a 60.000€ |
Criterios de adjudicación | 100% automáticos en 1 único sobre |
Publicidad | Requiere la publicación del anuncio de licitación en el perfil del contratante |
Plazos | 10 días hábiles |
Requisito | Inscripción obligatoria al ROLECE o respectivo de la Comunidad Autónoma |
Garantía | No se puede exigir garantía provisional ni definitiva |
Solvencia | No se exige la acreditación de la solvencia de la empresa |
Mesa contratación | Potestativa |
Formalización | Con la aceptación de la adjudicación |
La regulación supletoria para todo lo no previsto en el apartado 6º del art. 159 LCSP, serán las normas aplicables al procedimiento abierto simplificado y supletoriamente las normas del procedimiento abierto (Arts. 156 -158 LCSP).