Qué contenido mínimo han de tener la Instrucciones Internas del sector público no poder adjudicador?
Las Instrucciones Internas de las entidades del sector público que no son poderes adjudicadores deben garantizar los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación, y asegurar que los contratos se adjudiquen a la mejor oferta.
Las Instrucciones Internas deben regular los procedimientos de contratación de manera que se garantice la efectividad de los principios mencionados. Esto implica que los procedimientos deben ser claros y accesibles para todos los interesados en participar en los procesos de adjudicación.
Estas instrucciones deben estar disponibles para todos los interesados y publicarse en el perfil de contratante de la entidad. Esto asegura que la información sea accesible y que todos los participantes potenciales tengan la misma oportunidad de conocer los procedimientos.
En el ámbito estatal, la aprobación de estas instrucciones requiere un informe previo del órgano encargado del asesoramiento jurídico de la entidad. Esto garantiza que las instrucciones cumplan con los requisitos legales y normativos pertinentes.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 321
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Puedes facilitarme una guia o modelo con la infomación que deben contener las instrucciones internas de los organos de contratación que no sean poder adjudicador?
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que principios especiales rigen en cuanto a la seleccion del contratista en esta materia
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Este canal se encuentra disponible durante el proceso de licitación y su objetivo es garantizar la transparencia y la igualdad de oportunidades para todos los licitadores
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¿Que es el procedimiento denominado reglas internas?