Que es el RC
El RC se refiere al Recurso Especial en Materia de Contratación, una herramienta jurídica específica dentro del marco de la Ley de Contratos del Sector Público en España, destinada a garantizar la transparencia y el cumplimiento de la normativa en los procedimientos de contratación pública.
El Recurso Especial en Materia de Contratación (REMC) es una figura introducida para reforzar la protección de los licitadores y asegurar el respeto de las normas en el ámbito de la contratación pública. Este recurso se presenta como un mecanismo especializado y eficaz, diseñado para corregir infracciones antes de la adjudicación de un contrato, y se aplica exclusivamente en el contexto de los contratos del sector público que son de interés para la Unión Europea, conocidos como contratos armonizados.
El REMC tiene un ámbito de aplicación limitado, dirigido principalmente a las Administraciones Públicas o entidades consideradas como poderes adjudicadores. Se enfoca en contratos sujetos a regulación armonizada por su relevancia a nivel europeo, determinada por el sujeto, el objeto y la cuantía del contrato. Los umbrales para la interposición del recurso se establecen en función de estos criterios.
Entre las características principales del REMC, destaca su carácter exclusivo, lo que significa que sustituye a los recursos administrativos ordinarios, impidiendo que el licitador o candidato opte por una vía alternativa. Además, su presentación es potestativa y gratuita, no requiriendo el abono de tasas por parte de los recurrentes. La resolución del REMC agota la vía administrativa y es inmediatamente ejecutiva.
Los actos recurribles incluyen anuncios de licitación, pliegos, documentos contractuales, acuerdos de adjudicación, entre otros, siempre que afecten directa o indirectamente la adjudicación o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. La tramitación del REMC se inicia mediante un escrito presentado dentro de un plazo específico, que varía según el acto que se pretenda recurrir.
El procedimiento del REMC se rige por la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con algunas especialidades previstas en la propia Ley de Contratos del Sector Público para garantizar un proceso ágil y efectivo.