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Un expediente publicado se puede anular y hacerlo por presupuestos

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Sí, un expediente publicado puede anularse si se incurre en alguna causa de anulabilidad, como infracciones del ordenamiento jurídico.

La Ley de Contratos del Sector Público establece que existen causas de anulabilidad en derecho administrativo, que incluyen infracciones del ordenamiento jurídico. Esto abarca incumplimientos de las reglas contenidas en la Ley de Contratos del Sector Público, como el incumplimiento de los requisitos para la modificación de contratos o la concesión de ventajas indebidas a empresas.

Si un expediente de contratación ya ha sido publicado, pero se detecta alguna de estas infracciones, podría considerarse anulable. Esto significa que el expediente podría ser anulado y, en consecuencia, se podría optar por un procedimiento alternativo, como la contratación por presupuestos, siempre que se cumplan los requisitos legales para ello.

Es importante que cualquier anulación de un expediente de contratación se realice de acuerdo con las normativas vigentes y se justifique adecuadamente para evitar problemas legales posteriores.

    Referencias:
- [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 105; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/105] - [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 124; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/124] - [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 40; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/40] - [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 117; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/117] - [Ley de Contratos del Sector Público - Disposición adicional trigésima tercera; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/Disposición adicional trigésima tercera]
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