liquidación de obras cuando se calcula
La liquidación de obras se calcula una vez transcurrido el plazo de garantía, siempre que el informe del director de la obra sobre el estado de las mismas sea favorable, o tras la reparación de lo construido si el informe inicial no lo fuera.
La propuesta de liquidación debe ser formulada por el director de la obra en el plazo de un mes, tomando como base las condiciones económicas establecidas en el contrato. Esta propuesta se notificará al contratista, quien tendrá diez días para prestar su conformidad o manifestar los reparos que estime oportunos.
Dentro de los dos meses siguientes a la contestación del contratista o al transcurso del plazo establecido para tal fin, el órgano de contratación deberá aprobar la liquidación y abonar, en su caso, el saldo resultante de la misma.
En caso de resolución del contrato, se procederá a la comprobación, medición y liquidación de las obras realizadas con arreglo al proyecto, fijando los saldos pertinentes a favor o en contra del contratista. La liquidación se notificará al contratista al mismo tiempo que el acuerdo de resolución.
A continuación, se presenta un resumen de los plazos y acciones clave en el proceso de liquidación de obras:
Acción | Plazo |
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Formulación de la propuesta de liquidación por el director de la obra | 1 mes tras el plazo de garantía |
Contestación del contratista a la propuesta de liquidación | 10 días |
Aprobación de la liquidación por el órgano de contratación | 2 meses desde la contestación del contratista |