¿Cuándo debe existir el Acuerdo de Gobierno autorizando el gasto?
El Acuerdo de Gobierno autorizando el gasto debe existir antes de la aprobación del expediente de contratación y antes de la apertura del procedimiento de adjudicación.
El proceso de contratación en el sector público requiere de una serie de pasos formales antes de proceder a la licitación y adjudicación de un contrato. Uno de estos pasos es la aprobación del gasto, que es un requisito indispensable para la validez del procedimiento de contratación.
La aprobación del gasto se realiza a través de un Acuerdo de Gobierno, y debe ser obtenida antes de que el órgano de contratación apruebe el expediente de contratación. Este expediente incluye, entre otros documentos, los pliegos de cláusulas administrativas particulares y las prescripciones técnicas que regirán la contratación.
Una vez que se cuenta con la aprobación del gasto y el expediente de contratación ha sido aprobado, se procede a la apertura del procedimiento de adjudicación. Este procedimiento debe ser publicado en el perfil del contratante para garantizar la transparencia y la concurrencia.
En resumen, el Acuerdo de Gobierno autorizando el gasto es un paso previo y necesario antes de la aprobación del expediente de contratación y la apertura del procedimiento de adjudicación.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público