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procedimineto simplificado abreviado

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El procedimiento simplificado abreviado, también conocido como procedimiento supersimplificado, es una modalidad de contratación pública que busca agilizar los procesos de licitación y adjudicación, reduciendo los plazos y requisitos documentales sin comprometer los principios de igualdad y concurrencia.

Este procedimiento se aplica a contratos de obras, suministros y servicios, excluyendo concesiones de servicios, concesiones de obra pública y contratos de asociación para la innovación. Los contratos deben cumplir ciertos umbrales económicos y no pueden incluir criterios de adjudicación evaluables mediante juicio de valor.

La publicidad del procedimiento se realiza a través del perfil del contratante del órgano de contratación, y toda la documentación necesaria debe estar disponible electrónicamente desde el día de la publicación del anuncio.

Los plazos para presentar proposiciones son más cortos: al menos 10 días hábiles para obras, servicios y suministros, y 5 días hábiles para compras corrientes de bienes disponibles en el mercado.

En cuanto a la tramitación, no se exige la acreditación de la solvencia económica y financiera, ni la constitución de una garantía definitiva. Las ofertas se presentan en un único sobre o archivo electrónico y se evalúan mediante criterios cuantificables con fórmulas establecidas en los pliegos. La constitución de la mesa de contratación es potestativa, y la formalización del contrato puede realizarse mediante la firma de aceptación por el contratista de la resolución de adjudicación.

Tabla de Plazos:

Tipo de Contrato Plazo Mínimo para Presentar Proposiciones
Obras, Servicios y Suministros 10 días hábiles
Compras Corrientes de Bienes 5 días hábiles
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