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La comisión técnica deben revisar que todos los oferentes sean habiles para contratar

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La comisión técnica debe revisar que todos los oferentes sean hábiles para contratar, asegurándose de que cumplen con los requisitos de capacidad de obrar, no estar incursos en prohibiciones de contratar y acreditar solvencia económica, financiera y técnica o profesional.

La habilidad para contratar con el sector público requiere que las personas naturales o jurídicas, sean españolas o extranjeras, tengan plena capacidad de obrar y no estén incursas en prohibiciones de contratar. Esto implica que deben estar en condiciones de ejercer derechos y contraer obligaciones por sí mismas, y no estar sujetas a restricciones legales que les impidan participar en procesos de contratación pública.

Además, es fundamental que los oferentes acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Esto significa que deben demostrar que cuentan con los recursos y la experiencia necesarios para llevar a cabo el contrato. En ciertos casos, la ley exige que los contratistas estén clasificados adecuadamente, lo que implica una validación previa de su capacidad para cumplir con contratos de cierta naturaleza o cuantía.

Los contratistas también deben cumplir con requisitos específicos relativos a su organización, destino de sus beneficios, sistema de financiación, entre otros, cuando la normativa aplicable así lo determine. Estos requisitos deben ser acreditados al participar en el procedimiento de adjudicación, garantizando que los oferentes están plenamente habilitados para contratar con el sector público.

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