¿cuál es el importe a partir del cual un suministro debe estar sometido a regular armonizada?
Los contratos de suministro están sujetos a regulación armonizada si su valor estimado es igual o superior a 140.000 euros cuando se trate de contratos adjudicados por la Administración General del Estado, sus Organismos Autónomos, o las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social. Para los contratos de suministro distintos, el umbral es de 215.000 euros. En el caso de que los contratos se adjudiquen por lotes separados, el umbral se aplicará al valor acumulado de los lotes, aunque los órganos de contratación podrán exceptuar de estas normas a los lotes cuyo valor estimado sea inferior a 80.000 euros.
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