un encargo a medio propio que es?
Un encargo a medio propio es un mecanismo mediante el cual una entidad del sector público organiza la ejecución de obras, suministros, servicios, concesiones de obras y concesiones de servicios a través de una entidad jurídica controlada por ella, conocida como medio propio personificado, sin que este encargo se considere un contrato.
Para que una entidad sea considerada medio propio personificado, debe cumplir ciertos requisitos. La entidad pública que realiza el encargo debe ejercer un control similar al que tendría sobre sus propios servicios sobre la entidad destinataria del encargo. Este control implica una influencia decisiva sobre los objetivos estratégicos y decisiones significativas de la entidad.
Además, más del 80% de las actividades de la entidad destinataria del encargo deben estar dedicadas a los cometidos encomendados por la entidad pública que la controla o por otras entidades controladas de la misma manera. En el caso de entidades de derecho privado, todo su capital debe ser de titularidad pública, y la condición de medio propio debe estar reconocida en sus estatutos.
Los encargos a medios propios no se consideran contratos y deben cumplir con ciertas normas, como la publicación de la condición de medio propio en la Plataforma de Contratación correspondiente y la formalización del encargo en un documento que también se publicará en dicha plataforma. Además, en el caso de entidades estatales, si el importe del gasto derivado del encargo es igual o superior a doce millones de euros, se requerirá autorización del Consejo de Ministros.
Los contratos que celebren los medios propios en ejecución del encargo estarán sometidos a la Ley de Contratos del Sector Público, y el importe de las prestaciones parciales que el medio propio pueda contratar con terceros no podrá exceder del 50% de la cuantía del encargo, salvo ciertas excepciones.
Requisito | Detalle |
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Control | Similar al de servicios propios de la entidad pública |
Actividades | Más del 80% dedicadas a cometidos encomendados |
Capital | Todo de titularidad pública (en entidades de derecho privado) |
Publicación | En la Plataforma de Contratación |
Autorización | Consejo de Ministros si gasto ≥ 12 millones de euros |
- Referencias: