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contratación publica acreditación experiencia del personal adscrito a la ejecución de los trabajos

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En la contratación pública, la acreditación de la experiencia del personal adscrito a la ejecución de los trabajos es un aspecto fundamental para garantizar la solvencia técnica o profesional de los empresarios. Esta se puede manifestar a través de varios medios, como los títulos académicos y profesionales del personal, la declaración sobre la plantilla media anual, y la especificación de los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación.

La Ley de Contratos del Sector Público establece que, en los contratos de obras, servicios, concesión de obras y concesión de servicios, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, se puede requerir a las personas jurídicas que indiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal encargado de llevar a cabo la prestación. Esto permite a los órganos de contratación evaluar la capacidad del personal que efectivamente participará en la ejecución del contrato, asegurando así que cuentan con la experiencia y cualificación necesarias.

Además, los órganos de contratación pueden exigir a los candidatos o licitadores que se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Este compromiso debe integrarse en el contrato como una obligación esencial o establecer penalidades en caso de incumplimiento. La adscripción de medios personales o materiales como requisitos de solvencia adicionales debe ser razonable, justificada y proporcional a la entidad y características del contrato, con el fin de no limitar la participación de las empresas en la licitación.

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