En el caso de integración de la solvencia con medios externos, el licitador tiene que tener una solvencia mínima?
Sí, el licitador debe tener una solvencia mínima, aunque puede complementarla con medios externos.
Cuando un licitador no puede acreditar por sí mismo la solvencia exigida para un contrato público, tiene la opción de integrar su solvencia con medios externos. Esto significa que puede incorporar como suya la solvencia de terceras empresas, siempre y cuando demuestre que podrá disponer de ella durante toda la ejecución del contrato.
Para ello, es necesario que el licitador establezca un acuerdo jurídico que explicite la disponibilidad de los medios externos, como un contrato, subcontrato o convenio. Este acuerdo debe garantizar que el licitador podrá contar con los recursos económicos o técnicos necesarios para cumplir con el contrato.
Sin embargo, es importante destacar que todas las empresas que aporten medios para acreditar la solvencia deberán presentar una declaración responsable por separado. Además, serán responsables solidarias de la correcta ejecución del contrato, respondiendo si es necesario.
En resumen, aunque el licitador puede complementar su solvencia con medios externos, debe tener una base mínima de solvencia propia y formalizar adecuadamente la integración de recursos externos para cumplir con los requisitos del contrato.
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