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en un proceso de licitación donde una de las empresas está exenta de IVA, como se debe proceder a la hora de valorar las ofertas económicas

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En el contexto de un proceso de licitación, cuando una de las empresas participantes está exenta de IVA, es crucial que todas las ofertas económicas sean valoradas de manera equitativa. Para ello, se debe proceder a ajustar las ofertas de manera que el IVA no influya en la comparación de las propuestas económicas.

En primer lugar, es importante recordar que, según la Ley de Contratos del Sector Público, todas las proposiciones deben indicar, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que deba ser repercutido. Esto significa que, en el proceso de presentación de ofertas, todas las empresas, incluidas aquellas exentas de IVA, deben presentar sus propuestas económicas de manera que se pueda identificar claramente el coste antes de impuestos.

Para las empresas exentas de IVA, aunque no se les aplique este impuesto, es fundamental que presenten su oferta económica detallando el coste de la misma como si incluyeran el IVA. Esto permite realizar una comparación justa y equitativa entre todas las ofertas presentadas, independientemente del régimen fiscal de cada empresa.

Cuando se procede a la valoración de las ofertas económicas, el órgano de contratación debe ajustar las propuestas para que la comparación se realice en términos netos, es decir, sin considerar el IVA. Esto garantiza que la evaluación se base exclusivamente en el coste de los bienes o servicios propuestos, sin que el régimen fiscal de las empresas influya en la decisión de adjudicación.

En resumen, para valorar las ofertas económicas en un proceso de licitación de manera justa y equitativa, es necesario ajustar las propuestas para compararlas sin el IVA. Esto asegura que todas las empresas, independientemente de su situación frente al IVA, compitan en igualdad de condiciones.

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