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una licitadora de un país no UE puede presentar ofertas sin firma electrónica?

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No, una licitadora de un país no perteneciente a la Unión Europea debe presentar ofertas utilizando firma electrónica o cumplir con los requisitos específicos de acreditación de su capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones para contratar, según lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público de España.

La Ley de Contratos del Sector Público en España establece que todo el proceso de licitación, incluida la presentación de ofertas, debe realizarse por medios electrónicos, garantizando así la transparencia, la igualdad de trato y la no discriminación entre los participantes. Esto implica que la presentación de ofertas debe cumplir con los requisitos de firma electrónica, asegurando la autenticidad e integridad de los documentos presentados.

Para los licitadores de países no miembros de la Unión Europea, la ley prevé la posibilidad de acreditar su capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones para contratar mediante la consulta en listas oficiales de operadores económicos autorizados de un Estado miembro o mediante la presentación de la documentación acreditativa correspondiente. Esto debe hacerse en el plazo concedido para la presentación de la garantía definitiva, en caso de que su oferta sea seleccionada preliminarmente como la más ventajosa.

En resumen, aunque la ley facilita la participación de empresas extranjeras en procedimientos de licitación pública en España, es esencial que estas empresas cumplan con los requisitos establecidos, incluido el uso de firma electrónica o la presentación de documentación acreditativa adecuada, para garantizar su participación en igualdad de condiciones con las empresas nacionales y de otros Estados miembros de la UE.

Referencias - Ley de Contratos del Sector Público; https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/138 - Ley de Contratos del Sector Público; https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/159

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