Cual es el plazo máximo en que un contrato puede permanecer suspendido sin que sea iniciado?
El plazo máximo en que un contrato puede permanecer suspendido sin que sea iniciado es de cuatro meses.
La Ley de Contratos del Sector Público establece distintas causas por las cuales un contrato puede ser resuelto, entre ellas, se encuentra la suspensión de la iniciación de las obras. Cuando se produce una demora injustificada en la comprobación del replanteo o la suspensión de la iniciación de las obras, el contrato puede enfrentar problemas. Específicamente, si la iniciación de las obras se suspende por un plazo superior a cuatro meses, esta situación se considera una causa de resolución del contrato.
Esta disposición tiene como objetivo asegurar que los proyectos y servicios contratados por el sector público se ejecuten en un tiempo razonable y no se vean indefinidamente retrasados, garantizando así la eficiencia y la efectividad en la utilización de los recursos públicos.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público
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Cual es el plazo máximo en que un contrato puede permanecer suspendido sin que sea iniciado según el contrato sea de obras, servicios o suministros?
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Cual es el plazo máximo en que un contrato puede permanecer suspendido sin que sea iniciado en obras, servicios o suministros y cuando la causa sea imputable al contratista?
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¿Es la falta de inicio de ejecución una causa de resolución?
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¿Se puede hacer una suspensión temporal de un contrato de servicios?
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