Todos los contratos financiados con fondos NEXT, aunque no estén sujetos a regulación armonizada SARA ¿se tienen que publicar con anuncio de licitación en DOUE?
No, no todos los contratos financiados con fondos NEXT, aunque no estén sujetos a regulación armonizada SARA, se tienen que publicar con anuncio de licitación en el DOUE. Solo aquellos que superen los umbrales establecidos para ser considerados como SARA deben publicarse obligatoriamente en el DOUE.
Los contratos financiados con fondos de la Unión Europea, como los fondos NEXT, pueden estar sujetos a la obligación de publicarse en el DOUE si cumplen con ciertos criterios. Uno de estos criterios es que el contrato esté sujeto a regulación armonizada, lo que se determina en función de los umbrales económicos establecidos para los diferentes tipos de contratos.
Tipo de Contrato | Umbral SARA 2024 |
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Obras y Concesión de servicios | 5.538.000 € |
Servicios y suministros (Administraciones Públicas) | 221.000 € |
Servicios y suministros (AGE) | 143.000 € |
Contratos de servicios especiales Anexo IV | 750.000 € |
Los contratos que no superen estos umbrales y no estén sujetos a regulación armonizada, en principio, no tienen la obligación de ser publicados en el DOUE. No obstante, las entidades adjudicadoras pueden optar por publicarlos de manera voluntaria si consideran que es conveniente para promover la competencia y la transparencia.
Es importante destacar que, independientemente de la publicación en el DOUE, todos los contratos deben respetar los principios de transparencia, igualdad de trato y no discriminación, y deben ser publicados en los perfiles del contratante y, en su caso, en el Boletín Oficial correspondiente.
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¿Puede un contrato sujeto a regulación armonizada no publicarse en el DOUE?
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