quien aprueba un pliego de clausulas administrativas generales en un ayuntamiento
En un ayuntamiento, los pliegos de cláusulas administrativas generales son aprobados por la propia entidad local, de acuerdo con sus normas específicas y previo dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma respectiva, si lo hubiera.
Las Comunidades Autónomas y las entidades que integran la Administración Local, como los ayuntamientos, tienen la capacidad de aprobar sus propios pliegos de cláusulas administrativas generales. Esto se debe realizar conforme a las normas específicas que rigen en cada caso.
Antes de su aprobación, estos pliegos deben contar con el dictamen del Consejo de Estado o del órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma correspondiente, en caso de que exista dicho órgano.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 121
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¿Quién tiene asignada la competencia para la aprobación de los pliegos de cláusulas administrativas particulares en el Servicio Público de Empleo Estatal?
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donde esta regulado que el organo de contratación aprobara los pliegos
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cuando se aprueban los pliegos administrativos
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quies es el organo competente para aprobar los pliegos
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pliegos y normatica del ens