como se debe realizar la aprobacion previa de un anteproyecto, en caso de remitirme al articulo 234
La aprobación previa de un anteproyecto requiere que el órgano de contratación lo apruebe formalmente, lo que autoriza la redacción de los proyectos que se indican en el anteproyecto para su contratación y ejecución independiente.
Para la aprobación de un anteproyecto, es necesario que el órgano de contratación lo revise y apruebe. Esta aprobación es un paso formal que permite avanzar hacia la redacción de los proyectos específicos que se mencionan en el anteproyecto. Cada uno de estos proyectos deberá ser objeto de contratación y ejecución de manera independiente.
Una vez aprobado el anteproyecto, se autoriza la redacción de los proyectos que se han identificado como necesarios. Esto implica que cada proyecto debe ser tratado como una entidad separada en términos de contratación y ejecución, asegurando que se cumplan todos los requisitos legales y técnicos pertinentes.
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qué es "autorizar la redacción y licitación de proyectos independientes relativos a cada una de las partes de una obra"
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En el caso de un proyecto de obras que incluya el proyecto, como indica en articulo 234. Es necesario que el anteproyecto o documento similar sea aprobado previamente
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a que se refiere "ejecución de las obras conforme al proyecto aprobado por el órgano de contratación" en el artículo 287
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documento de necesidad previo a la adjudicación contrato obras contratación pública
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la empresa que realiza un anteproyecto de obra, ¿puede presentarse a la licitación para la ejecución y dirección de la misma?