DURACIÓN MÁXIMA DE LOS CONTRATOS
La duración máxima de los contratos del sector público en España varía según el tipo de contrato y sus características específicas.
Para los contratos de suministros y de servicios de prestación sucesiva, el plazo máximo de duración es de cinco años, incluyendo las posibles prórrogas. Excepcionalmente, este plazo puede ser superior si se justifica la necesidad de recuperar inversiones directamente relacionadas con el contrato.
Los contratos de arrendamiento de bienes muebles no pueden exceder de cinco años, incluyendo las prórrogas.
En el caso de los contratos de concesión de obras, la duración máxima es de cuarenta años. Para concesiones de servicios que incluyan la ejecución de obras, también es de cuarenta años. Si la concesión de servicios no está relacionada con la ejecución de obras, el plazo máximo es de veinticinco años. Para concesiones de servicios sanitarios, el plazo es de diez años.
Los contratos menores tienen una duración máxima de un año y no pueden ser prorrogados.
Los acuerdos marco tienen una duración máxima de cuatro años, salvo excepciones justificadas.
Tipo de Contrato | Duración Máxima (incluyendo prórrogas) |
---|---|
Suministros y servicios de prestación sucesiva | 5 años |
Arrendamiento de bienes muebles | 5 años |
Concesión de obras | 40 años |
Concesión de servicios (con obras) | 40 años |
Concesión de servicios (sin obras) | 25 años |
Concesión de servicios sanitarios | 10 años |
Contratos menores | 1 año (sin prórroga) |
Acuerdos marco | 4 años (salvo excepciones) |