Saltar al contenido principal
Gobierto Contratación

Te contamos cómo Gobierto puede ayudarte

Recibe información en tu correo-e sobre Gobierto.

Populate Tools S.L. usará tu contacto y consulta para responder a lo que solicitas. La newsletter es opcional y requiere una elección separada. Más información: política de privacidad.

Haz preguntas sobre tus dudas de contratación pública y te damos una respuesta personalizada a partir de nuestra base de conocimiento

Hemos estrenado Gobierto Asistente: Comienza a utilizarlo para tener un histórico de tus preguntas, continuar conversaciones, recibir sugerencias de preguntas... y muy pronto, preguntar al Asistente por cualquier tema de Gobierto.

¿Es obligatorio indicar en los pliegos cómo se calcula el valor estimado?

Esta pregunta está pendiente de revisión por un humano

Sí, es obligatorio indicar en los pliegos cómo se calcula el valor estimado del contrato.

El órgano de contratación debe incluir el método de cálculo del valor estimado en los pliegos de cláusulas administrativas particulares. Esto asegura transparencia en el proceso de licitación y permite a los licitadores conocer los criterios utilizados para determinar el valor del contrato.

El cálculo del valor estimado debe considerar varios factores, como los costes derivados de la normativa laboral vigente, los costes de ejecución material de los servicios, los gastos generales de estructura y el beneficio industrial. Además, se deben tener en cuenta las opciones eventuales, las prórrogas del contrato y las modificaciones al alza previstas.

Es importante que la elección del método de cálculo no se realice con la intención de evitar la aplicación de las normas de adjudicación correspondientes. La estimación debe basarse en los precios habituales del mercado y referirse al momento del envío del anuncio de licitación o al inicio del procedimiento de adjudicación.

Ayúdanos a mejorar ¿Qué tal la respuesta?