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que hay que publicar en un procedimiento negociado sin publicidad

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En un procedimiento negociado sin publicidad, no es necesario publicar un anuncio de licitación previo. Sin embargo, ciertos aspectos del procedimiento pueden requerir publicación, como los resultados del concurso de proyectos, si este está vinculado al contrato.

En el contexto de la Ley de Contratos del Sector Público de España, el procedimiento negociado sin publicidad se caracteriza por la ausencia de un requisito de publicidad previa que es típico en otros procedimientos de contratación. Esto significa que no se publica un anuncio de licitación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas ni en el Boletín Oficial del Estado antes de iniciar el procedimiento.

No obstante, si el procedimiento negociado sin publicidad está asociado a un concurso de proyectos, la ley establece que los resultados de dicho concurso deben ser publicados, a menos que existan razones justificadas para no hacerlo, como la protección de la ley, el interés público, los intereses comerciales legítimos o la preservación de la competencia leal.

Además, en el caso de que solo participe un candidato en el procedimiento negociado sin publicidad, se debe intentar negociar con este candidato, aunque la ley no especifica que dicha negociación deba ser publicada.

En resumen, la publicación en un procedimiento negociado sin publicidad es limitada y se circunscribe a situaciones específicas, como la vinculación con un concurso de proyectos o la divulgación de sus resultados, siempre que no se vean comprometidos otros intereses legítimos.

Referencias [Blog de Gobierto - Contrato negociado sin publicidad; https://www.gobierto.es/blog/contrato-negociado-sin-publicidad] [Blog de Gobierto - Contrato negociado con publicidad o licitación con negociación; https://www.gobierto.es/blog/licitacion-con-negociacion-o-contrato-negociado-con-publicidad] [Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas - Artículo 93; https://www.boe.es/eli/es/rd/2001/10/12/1098/con#a93] [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 170; https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/170] [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 186; https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/186]

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