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las funciones que ejercen las Mesas de Contratación del Ayuntamiento,

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Las Mesas de Contratación del Ayuntamiento actúan como órganos de asistencia técnica especializada en el proceso de contratación pública, con funciones clave en la calificación de documentación, valoración de proposiciones, y propuestas de adjudicación.

Las Mesas de Contratación tienen como una de sus funciones principales la calificación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos por parte de los candidatos o licitadores. Esto incluye la posibilidad de acordar la exclusión de aquellos que no cumplan con dichos requisitos, previo trámite de subsanación.

Otra función esencial es la valoración de las proposiciones de los licitadores. Esta evaluación es crucial para determinar cuál de las ofertas cumple mejor con los criterios establecidos en los pliegos de cláusulas administrativas particulares.

Además, las Mesas de Contratación pueden proponer la calificación de una oferta como anormalmente baja. Este proceso requiere un procedimiento específico para asegurar que la oferta cumple con todos los requisitos y no compromete la calidad del contrato.

Finalmente, las Mesas de Contratación proponen al órgano de contratación la adjudicación del contrato al licitador que haya presentado la mejor oferta, de acuerdo con los criterios definidos en los pliegos de cláusulas administrativas particulares. Sin embargo, la decisión final sobre a quién se adjudica el contrato recae sobre el órgano de contratación.

En las Entidades Locales, las Mesas de Contratación están presididas por un miembro de la Corporación o un funcionario, e incluyen como vocales al Secretario o al titular del órgano de asesoramiento jurídico, y al Interventor o al titular del control económico-presupuestario. La composición de la Mesa se publica en el perfil de contratante del órgano de contratación correspondiente.

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