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penalidades por incumplimiento de plazo

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Las penalidades por incumplimiento de plazo en los contratos del sector público pueden incluir multas diarias, resolución del contrato y otras sanciones económicas, dependiendo de la gravedad y las circunstancias del incumplimiento.

El contratista está obligado a cumplir con los plazos establecidos en el contrato, tanto los plazos totales como los parciales. En caso de demora imputable al contratista, la Administración puede optar por resolver el contrato o imponer penalidades diarias. Estas penalidades se calculan a razón de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, excluido el IVA.

Penalidad Importe
Penalidad diaria por demora 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido

Cada vez que las penalidades acumuladas por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato, la Administración puede decidir resolver el contrato o continuar con su ejecución imponiendo nuevas penalidades.

Además, los pliegos de cláusulas administrativas particulares pueden prever penalidades específicas para el incumplimiento de plazos parciales, siempre que la demora en estos plazos parciales haga presumir razonablemente la imposibilidad de cumplir el plazo total.

En los casos de incumplimiento de plazos por causas imputables al contratista, si la Administración opta por la imposición de penalidades en lugar de la resolución del contrato, se concederá una ampliación del plazo necesaria para la terminación del contrato.

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