obras a tanto alzado
Las obras a tanto alzado son un sistema de retribución excepcional en contratos de obras, donde se realiza un único pago al finalizar la obra, siempre que no puedan establecerse precios unitarios para más del 80% del presupuesto.
En este tipo de contratos, el sistema de retribución a tanto alzado se utiliza cuando no es posible establecer precios unitarios para la mayoría de las partidas del presupuesto. La retribución se realiza mediante un único pago al recibir la obra, aunque puede preverse un sistema de abonos a cuenta si se justifica en el expediente.
El proyecto de estas obras debe incluir una memoria técnica, planos si son necesarios, una descripción de la obra con su valoración, y criterios para la liquidación en caso de extinción anormal del contrato. Si el presupuesto es inferior a 120,000 euros, debe contener documentos adicionales.
El sistema de retribución a tanto alzado puede configurarse como de precio cerrado, lo que significa que el precio ofertado por el adjudicatario se mantiene invariable y no se abonan modificaciones necesarias para corregir errores en el proyecto. Este sistema requiere que se prevea en el pliego de cláusulas administrativas y que las unidades de obra estén definidas y replanteadas antes de la licitación.
Las partidas alzadas se valoran según el pliego de prescripciones técnicas. Pueden ser partidas alzadas a justificar, que se miden en unidades de obra con precios unitarios, o partidas alzadas de abono íntegro, que se abonan en su totalidad una vez determinados los trabajos.
Condición | Detalle |
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Uso excepcional | Cuando no se pueden establecer precios unitarios para más del 80% del presupuesto. |
Pago | Único al finalizar la obra, con posibilidad de abonos a cuenta. |
Precio cerrado | Precio invariable, no se abonan modificaciones por errores del proyecto. |
Documentación | Memoria técnica, planos, descripción y valoración de la obra, criterios de liquidación. |
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sistema de determinación de precios
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Diferencia entre precio tanto alzado y precio unitario para un contrato público
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En un contrato abierto armonizado, se puede poner com único criterio el precio?
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obras a precio cerrado
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puede adjudicarse un contrato de obra a la empresa que ha sido contratista de la redacción del proyecto de dicha obra?