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¿existe un límite al establecer criterios valorables mediante juicios de valor?

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No existe un límite específico al establecer criterios valorables mediante juicios de valor, sino que esto depende de la situación particular de cada contratación. Sin embargo, hay algunos principios generales que se deben seguir para garantizar una evaluación justa y equitativa. Por ejemplo, según la Ley de Contratos del Sector Público de España, cuando se utilicen una pluralidad de criterios de adjudicación, en su determinación, siempre y cuando sea posible, se dará preponderancia a aquellos que hagan referencia a características del objeto del contrato que puedan valorarse mediante cifras o porcentajes obtenidos a través de la mera aplicación de las fórmulas establecidas en los pliegos. Además, la valoración de los criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor corresponderá, en los casos en que proceda por tener atribuida una ponderación mayor que la correspondiente a los criterios evaluables de forma automática, a un comité formado por expertos con cualificación apropiada. Por último, cuando no sea posible ponderar los criterios elegidos, estos se enumerarán por orden decreciente de importancia.

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