garantia definitiva abierto super simplificado
En el procedimiento abierto supersimplificado no se exige la constitución de una garantía definitiva por parte de los licitadores.
En el contexto de los contratos públicos, la garantía definitiva es una medida de seguridad que se requiere en algunos procedimientos para asegurar el cumplimiento de las obligaciones contractuales por parte del adjudicatario. Sin embargo, en el procedimiento abierto supersimplificado, esta exigencia se elimina para facilitar y agilizar el proceso de contratación.
La eliminación de la garantía definitiva en este tipo de procedimiento es parte de un esfuerzo más amplio por reducir la carga administrativa y los requisitos documentales, haciendo que el proceso sea más accesible y menos oneroso para los licitadores.
Esta medida se alinea con el objetivo del procedimiento supersimplificado de promover una contratación pública más ágil y eficiente, sin comprometer los principios de igualdad y concurrencia entre los operadores económicos.
- Referencias:
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¿se requiere garantia provisional en un procedimiento abierto supersimplificado?
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en un procedimiento abierto simplificado sumario es necesaria la constitución de garantía definitiva?
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en el procedimiento abierto simplificado sumario es obligatoria la constitución de garantía definitiva?
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en los procedimientos abiertos simplificados es obligatoria la constitución de garantía definitiva?
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es necesario constituir garantía definitiva en un abierto simplificado?