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Se puede fraccionar un contrato

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No, no se puede fraccionar un contrato con la finalidad de disminuir la cuantía del mismo y eludir los requisitos de publicidad o los relativos al procedimiento de adjudicación que correspondan.

El fraccionamiento de contratos con el objetivo de reducir su cuantía y así evitar los procedimientos de publicidad y adjudicación establecidos por la ley está expresamente prohibido. La Ley de Contratos del Sector Público establece que los contratos deben ser adjudicados respetando los principios de publicidad y concurrencia, y el fraccionamiento artificial de contratos iría en contra de estos principios.

Además, la ley promueve la división de contratos en lotes cuando la naturaleza o el objeto del contrato lo permitan, con el fin de facilitar la participación de más empresas, especialmente de las pequeñas y medianas empresas (PYMEs). Sin embargo, esta división en lotes debe estar justificada y no puede ser una excusa para eludir los procedimientos legales de contratación.

En resumen, la división de un contrato en lotes debe responder a una justificación técnica o económica y no puede ser utilizada para evitar cumplir con los requisitos legales de la contratación pública.

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