Mesa de contratación en los PANAP
Los Poderes Adjudicadores No Administraciones Públicas (PANAPs) son entidades que realizan actividades de contratación pública, pero que no son consideradas como Administraciones Públicas. Estas entidades incluyen entidades públicas empresariales, entidades de derecho privado con fines públicos, entidades de derecho privado con fines lucrativos y entidades de derecho privado sin fines de lucro.
En los procedimientos de contratación de los PANAPs, los órganos de contratación estarán asistidos por una mesa de contratación. Esta mesa estará constituida por un Presidente, los vocales que se determinen reglamentariamente, y un Secretario. La composición de la mesa se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación correspondiente. Los miembros de la mesa serán nombrados por el órgano de contratación. El Secretario deberá ser designado entre funcionarios o, en su defecto, otro tipo de personal dependiente del órgano de contratación, y entre los vocales deberán figurar necesariamente un funcionario de entre quienes tengan atribuido legal o reglamentariamente el asesoramiento jurídico del órgano de contratación y un interventor, o, a falta de éstos, una persona al servicio del órgano de contratación que tenga atribuidas las funciones correspondientes a su asesoramiento jurídico, y otra que tenga atribuidas las relativas a su control económico-presupuestario.
En los procedimientos de diálogo competitivo o de asociación para la innovación que se sigan por los PANAPs, se incorporarán personas especialmente cualificadas en la materia sobre la que verse el diálogo o la asociación para la innovación, designadas por el órgano de contratación. El número de estas personas será igual o superior a un tercio de los componentes de la Mesa y participarán en las deliberaciones con voz y voto.