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fusión de empresas

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En el contexto de la contratación pública en España, la fusión de empresas implica que la entidad resultante o absorbente de la fusión se subroga en los derechos y obligaciones del contrato vigente con la administración pública, siempre y cuando cumpla con los requisitos de capacidad, ausencia de prohibición de contratar y solvencia exigidos inicialmente. Si la fusión afecta a una Unión Temporal de Empresas (UTE), se aplicarán normas específicas para asegurar la continuidad del contrato sin alterar su composición.

Cuando se produce una fusión de empresas que están ejecutando un contrato con el sector público, la empresa resultante de dicha fusión o la sociedad absorbente asume la posición de la empresa original en el contrato. Esto significa que se convierte en la titular de los derechos y obligaciones derivados del contrato en cuestión. Para que esta subrogación sea efectiva, la entidad resultante debe cumplir con los criterios de capacidad y solvencia que se exigieron para la adjudicación del contrato. Además, si la fusión no permite mantener las condiciones de solvencia necesarias, el contrato puede ser resuelto, tratándose como una resolución por culpa del adjudicatario.

En el caso específico de las UTEs, si durante la tramitación de un procedimiento de adjudicación se produce una fusión, la UTE puede continuar en el procedimiento siempre que la entidad resultante o absorbente cumpla con los requisitos de capacidad, no esté incursa en prohibición de contratar y mantenga la solvencia y clasificación exigida. Sin embargo, si la fusión implica una modificación en la composición de la UTE antes de la formalización del contrato, esto podría resultar en la exclusión de la UTE del procedimiento de adjudicación.

Es importante destacar que las operaciones de fusión deben ser comunicadas al órgano de contratación, y puede ser necesario renovar o reemplazar la garantía definitiva que se haya constituido para el contrato, dependiendo de las características y el riesgo que represente la nueva entidad resultante de la fusión.

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