importe de contrato menor en obras
El importe máximo para considerar un contrato como menor en el caso de obras es de 40.000 euros.
Los contratos menores en el ámbito de las obras son aquellos cuya cuantía no supera un determinado umbral económico. Estos contratos tienen una tramitación simplificada en comparación con otros tipos de contratos públicos, lo que permite una mayor agilidad en la gestión y adjudicación de los mismos. La Ley de Contratos del Sector Público establece límites específicos para los importes de los contratos menores, diferenciando entre obras, servicios y suministros.
En el caso de los contratos de obras, el límite establecido para considerarlos como menores es de 40.000 euros. Este umbral se aplica al valor estimado del contrato, incluyendo todos los posibles gastos asociados a la ejecución de la obra.
Tipo de Contrato | Importe Máximo |
---|---|
Obras | 40.000 euros |
Es importante destacar que los contratos menores deben cumplir con ciertos requisitos y condiciones, como la justificación de la necesidad del contrato y la no alteración de su objeto para evitar la aplicación de los umbrales establecidos. Además, en el caso de las obras, se requiere la inclusión del presupuesto de las mismas y, cuando sea necesario, el correspondiente proyecto y el informe de las oficinas o unidades de supervisión técnica.