dar de baja
Para dar de baja las inscripciones en los Registros de licitadores y empresas clasificadas, los interesados pueden solicitarlo en cualquier momento, excepto en situaciones de inscripción obligatoria.
En el contexto de la contratación pública, la inscripción de los empresarios en los Registros de licitadores y empresas clasificadas es un proceso voluntario que permite a los empresarios decidir qué datos desean que se reflejen en estos registros. Esta inscripción autoriza la difusión de sus datos inscritos por medios electrónicos, bajo ciertos límites y restricciones establecidos legal o reglamentariamente.
Sin embargo, los empresarios tienen el derecho de solicitar la cancelación de sus inscripciones en cualquier momento. Esta opción de dar de baja la inscripción es aplicable salvo en casos específicos donde la inscripción es obligatoria, en los cuales no se permite la cancelación a discreción del empresario.
Es importante destacar que este proceso de cancelación se rige por las normativas establecidas en la Ley de Contratos del Sector Público, asegurando que los procedimientos de contratación pública se mantengan transparentes y accesibles para todas las partes interesadas.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público
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